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La aprobación y publicación de la Orden HAC/612/2021 de 16 de Junio, vuelve a establecer la obligación de presentar el modelo 179 y el control sobre el alquiler turístico.

Este modelo, de carácter trimestral, volvió a entrar en vigor el pasado 19 de junio. Sin embargo, sólo se tendrán que declarar las operaciones devengadas con posterioridad al día 26 de junio de 2021. 

Excepcionalmente y para evitar una declaración sin sentido en el segundo trimestre, se traslada al tercer trimestre la primera presentación. Concretamente del 1 de octubre hasta el 2 de noviembre de 2021 y será en esa en la que se incluirá la información referida a esos últimos días del segundo trimestre.

Serán los intermediarios en la gestión del alquiler de viviendas con fines turísticos los que tengan que informar trimestralmente  a la Agencia Tributaria.

Entre otros datos, deberá informar a la Agencia los datos de la vivienda en alquiler, los del titular y de quién la alquila, el importe satisfecho y la fecha de inicio y número de días del alquiler.

Al tratarse de una declaración informativa, ésta no supondrá el pago de ningún tributo, pero sí que el incumplimiento en su presentación puede suponer sanciones. Nuevamente llega el modelo 179 y el control del alquiler turístico

!Aviso a navegantes¡ Un nuevo modelo informativo, en esta ocasión reeditado, que pone a disposición de la Administración Tributaria datos que podrá cruzar con otras declaraciones, tanto del titular de la vivienda, como de quién la alquila, como del intermediario.

En Confialia, somos muy conscientes de que este tipo de declaraciones informativas pueden provocar revisiones en cadena por parte de la Administración. Por eso creamos todos los protocolos necesarios para evitar, en la medida de lo posible, cualquier tipo de incongruencia que pueda afectar a nuestros clientes.