¿Cuándo tengo la obligación legal de pagar a mis proveedores?

Hay una normativa contra la morosidad y que regula cuándo tengo la obligación legal de pagar a mis proveedores.  Este plazo se fija en un máximo de 30 días naturales para realizar los pagos entre empresas; sin embargo, se puede ampliar a 60 días si las partes lo acuerdan.

Por ello, cualquier pacto por los que un cliente impone a sus proveedores unos vencimientos de pago superiores a los 60 días son nulos.

Apunte. Ahora bien, el plazo del que hablamos en los párrafos anteriores cuenta desde que el cliente recibe las mercancías o servicios, no antes. Por tanto, si se pacta que el comprador tenga un plazo, no superior a 30 días, para comprobar y aceptar las mercancías o los servicios, el plazo de pago se cuenta a partir de dicha verificación.

Derechos. En caso de un retraso superior a los 30 ó 60 días (dependiendo del acuerdo entre empresas) permite al proveedor reclamar intereses de demora desde que se cumpla el plazo de pago pactado o legalmente establecido (si no se pactó interés, puede reclamar el que cada semestre se fija oficialmente; el 8% en el primer semestre de 2021).

Obligatorio. ¿cuál es la realidad? pues que algunas empresas siguen imponiendo plazos de pago superiores, pero tenemos que tener en cuenta que los tribunales han reiterado que el plazo máximo de 60 días es imperativo, y que cualquier pacto que fije un plazo superior es nulo:

Los tribunales han sentenciado.

  • Que el plazo de pago no empieza a correr desde la fecha de la factura (la regla general es que cuente desde la recepción de la mercancía o prestación de los servicios).
  • Han anulado otra cláusula que establecía que los pagos que venciesen en agosto pasarían al 10 de septiembre por «vacaciones«.
  • Se ha anulado un pacto que extendía los plazos de pago hasta los días 10 y 25 de cada mes, siempre y cuando extendieran el plazo de pago más allá del plazo máximo de 60 días previsto en la ley.

Negociación. Si alguno de sus clientes pretende imponerle plazos de pago superiores a los que establece la ley, adviértale de que esos pactos son nulos.

Se está tramitando una norma que impondrá sanciones a las empresas que negocien plazos de pago superior a 60 días.

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