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Cuando nos encontramos en la situación en la que el vehículo o vehículos se encuentran en el activo de la sociedad, lo más indicado es traspasarlos antes de la disolución, pues de lo contrario las tramitaciones para la consecución de la disolución serían más costosas, al tener que acudir a un notario, registro…
El inconveniente de esta operación es que la venta del vehículo está sujeta a IVA, un IVA que deberá declararse mediante declaración extemporánea si fuera necesario.